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AUTOS ROSARIO NORTE S.R.L. c/ MUNICIPALIDAD DE ROSARIO s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

La Cámara de lo Contencioso Administrativo de Santa Fe declaró la inadmisibilidad y procedencia del rechazo del recurso de habilitación presentado por Autos Rosario Norte S.R.L. por antecedentes penales de socios, fundamentando la legitimidad de las decisiones administrativas en normativa vigente y principios de policía administrativa.

Recurso de apelacion Inconstitucionalidad Poder de policia Antecedentes penales Motivacion del acto administrativo Derecho a trabajar Legalidad administrativa Habilitacion comercial automotores Ordenanza 2493/79 9610/16 Denegatoria fundada


- Quién demanda: Autos Rosario Norte S.R.L.

¿A quién se demanda?

Municipalidad de Rosario

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Nulidad de la Resolución N° 105/2020 y antecedentes administrativos que rechazaron su habilitación para vender automóviles nuevos y usados.

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó el recurso, confirmando la legalidad y razonabilidad de la denegatoria basada en antecedentes penales de socios, conforme a la normativa vigente y principios de policía administrativa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara sostuvo que la normativa de ordenanzas 2493/79 y 9610/16 claramente facultan a la Municipalidad a rechazar solicitudes de habilitación cuando los interesados tengan antecedentes penales relacionados con delitos que guardan relación con el rubro. La motivación del acto administrativo, que explica la existencia de antecedentes penales y su relación con el rubro, fue considerada suficiente y fundada. La alegada inconstitucionalidad basada en el derecho a trabajar fue desestimada, ya que la normativa no viola derechos constitucionales, sino que regula el ejercicio de la actividad en interés de la seguridad pública. La jurisprudencia citada respalda que la discrecionalidad de la Administración en el ejercicio del poder de policía permite denegar habilitaciones en función de antecedentes, sin que ello implique arbitrariedad. La antigüedad de los antecedentes no fue considerada un impedimento suficiente para su valoración. Finalmente, la Cámara sostuvo que no se acreditó que la normativa afecte derechos constitucionales de forma ilegitima, y que la decisión administrativa fue fundada, razonable y proporcional, por lo que el recurso fue rechazado.

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