GENERAL GÜEMES TRANSPORTE AUTOMOTOR S.A c/ PROVINCIA DE SANTA FE s/ MEDIDA CAUTELAR AUTONOMA
La Cámara de Apelaciones denegó la medida cautelar solicitada por General Güemes Transportes Automotor S.A., argumentando que no se demostraron circunstancias que justifiquen la suspensión de la autorización precaria otorgada a otra empresa, ya que no se acreditó la ilegitimidad del acto administrativo ni un daño inminente.
- Quién demanda: General Güemes Transporte Automotor S.A.
¿A quién se demanda?
Provincia de Santa Fe, Secretaría de Transporte.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se solicita se conserve la situación jurídica existente que vincula a la actora con la provincia, hasta la resolución del recurso contencioso judicial, mediante un "libre mandamiento" que impida la caducidad del permiso.
¿Qué se resolvió?
La Cámara denegó la medida cautelar, considerando que no se acreditó la verosimilitud del derecho ni el peligro en la demora suficiente para justificar la intervención anticipada, dada la inexistencia de ilegítimidad manifiesta en la autorización precaria otorgada a otra empresa y la necesidad de respetar la legalidad administrativa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara explicó que la interpretación del artículo 14 de la ley 11.330 requiere mayores exigencias probatorias, y que la mera especulación sobre posibles actos futuros o declaraciones periodísticas no constituyen un perjuicio irreparable ni evidencia de ilegalidad manifiesta. Además, se resaltó que la discrecionalidad administrativa y los principios de igualdad y transparencia justifican la autorización a otra empresa, sin que exista un daño actual y cierto que amerite la cautelar. Se concluyó que no concurren los requisitos para la procedencia de la medida cautelar autónoma, ya que la pretensión no cumple con los requisitos de verosimilitud del derecho ni de peligro en la demora.
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