COLEGIO DE KINESIOLOGOS, FISIOTERAPEUTAS Y TERAPISTAS FISICOS DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCION DE LA PROVINCIA DE SANTA FE c/ PROVINCIA DE SANTA FE s/ RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
La Cámara de lo Contencioso Administrativo N°2 rechazó el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Colegio de Kinesiólogos contra la Ley Provincial N° 13.454, confirmando la constitucionalidad de la norma que regula la cosmetología en Santa Fe.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La acción fue promovida por el Colegio de Kinesiólogos de la 2da. Circunscripción de Santa Fe contra artículos específicos de la Ley Provincial N° 13.454, que regula la actividad de cosmetólogos. La parte actora argumenta que la ley invade competencias nacionales en salud, viola principios constitucionales y afecta derechos económicos y profesionales. La Cámara analizó la competencia, la legitimación, la existencia de lesión y la existencia de superposición de incumbencias entre las profesiones de kinesiólogo y cosmetólogo. Concluyó que no se demostró lesión o amenaza cierta a los intereses del Colegio demandante ni superposición de tareas. Además, determinó que la ley no invadió competencias nacionales ni vulneró derechos constitucionales, ya que regula actividades distintas y no se evidencia afectación a los kinesiólogos. La Cámara afirmó que la inexistencia de acto administrativo no impide la revisión judicial del marco normativo, y que la ley provincial, en ejercicio del poder de policía, tiene autonomía para regular las profesiones dentro de su jurisdicción. La sentencia también resaltó que no se acreditó daño ni perjuicio concreto, y que la ley no contraviene las normas nacionales de educación ni de salud.
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