C., H. C. s/ ABUSO SEXUAL SIMPLE AGRAVADO POR HABER SIDO COMETIDO POR MINISTRO DE CULTO, ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL AGRAVADO POR SER MINISTRO DE CULTO EN GRADO DE TENTATIVA, ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL AGRAVADO POR HABER SIDO COMETIDO POR MINISTRO DE CULTO, AMENAZAS COACTIVAS Y ACOSO SEXUAL
La Cámara de Rosario confirmó la condena de 23 años de prisión por delitos sexuales agravados cometidos por un pastor y ex policía. El tribunal sostuvo que la prueba y los testimonios avalaron la responsabilidad del imputado, respetando el debido proceso y la valoración probatoria.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El caso involucra a H. C. C. quien fue condenado por delitos de abuso sexual agravado en múltiples situaciones y víctimas, en un contexto de abuso de poder por su rol de pastor, ex policía y líder religioso. La sentencia de primera instancia fue apelada por la defensa y la Fiscalía. La Cámara analizó los agravios referidos a la valoración de la prueba, la procedencia de la acusación, la prescripción de los hechos y la legalidad del proceso. La mayoría de los jueces confirmaron la sentencia, aunque con una reducción de la pena de 30 a 23 años, y rechazaron la nulidad del juicio por la incorporación de testigos no mencionados en el auto de apertura, argumentando que la prueba fue valorada adecuadamente y que no existió vulneración del debido proceso. La sentencia resaltó que la conducta del imputado se enmarcó en un patrón de abuso de poder, aprovechando su liderazgo religioso y su situación de vulnerabilidad de las víctimas, quienes en su mayoría eran menores o adolescentes. La valoración de la prueba testimonial, los contextos de vulnerabilidad y los elementos probatorios corroboraron la responsabilidad del imputado, respetando las garantías constitucionales y convencionales.
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