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MONTENEGRO, JOEL AXEL Y CAJAL, MATIAS GASTON s/ ROBO CALIFICADO POR USO DE ARMA EN GRADO DE TENTATIVA Y LESIONES LEVES DOLOSAS

La Cámara de Apelaciones confirmó la absolución de los imputados por el delito de robo calificado por uso de arma en grado de tentativa, y revocó la condena por lesiones leves, sobreseyéndolos por extinción de la acción penal debido a prescripción. La sentencia fue considerada ajustada a derecho.

Recurso de apelacion Prescripcion Sobreseimiento Valoracion probatoria Lesiones leves Responsabilidad penal Robo calificado Acta de procedimiento Extincion de la accion penal. Contradicciones testigos


- Quien demanda (Actor): Fiscalía del Ministerio Público de la Acusación (MPA) y defensa de los imputados. Demandado: La sentencia de primera instancia dictada por el juez del Colegio Interdistrital de Jueces, en la causa CUIJ N° 21-08159138-2. Objeto: La apelación contra la absolución por robo calificado por uso de arma y la condena por lesiones leves; también por la existencia de la prescripción del delito de lesiones leves. Decisión: La Cámara confirmó la absolución por el delito de robo calificado en grado de tentativa y sobreseyó por extinción de la acción penal por prescripción en lesiones leves dolosas. La sentencia de primera instancia fue considerada ajustada a derecho y en conformidad con las reglas jurídicas aplicables.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La mayoría de los jueces valoraron que los agravios no lograron conmover la decisión de primera instancia, destacando que la prueba colectada presentaba inconsistencias y contradicciones que generaban dudas razonables respecto de la intención de robo. La declaración de la víctima, Rodrigo Zapata, fue fragmentada y poco cohesiva, además de presentar contradicciones que afectaron su credibilidad. Los testimonios de los policías y la documentación del acta de procedimiento también mostraron falencias y omisiones, como la falta de secuestro fotográfico y de registros del objeto (botella) que supuestamente fue utilizada. La valoración conjunta de la prueba llevó a concluir que no existían elementos suficientes para sostener la hipótesis de robo, por lo que se mantuvo la absolución. Respecto a las lesiones, se determinó la prescripción de la acción penal, dado que el plazo máximo de dos años para la acción ya había sido vencido al momento del juicio, por lo que se dictó el sobreseimiento por extinción de la acción. La valoración de la prueba en ambos aspectos fue en línea con los principios de valoración conjunta y razonada, en respeto del debido proceso. No se registraron votos disidentes relevantes en la decisión final.

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