BRACAMONTE, ANDRES ALEJANDRO; DIAZ, CRISTIAN RAUL; ENRIQUEZ, JUAN MANUEL; RIGIRACCIOLLO, FERNANDO ANDRES; VERGARA, CARLOS; PEREZ, CARLOS MARCELO s/ ASOCIACION ILICITA, EXTORSION Y LAVADO DE ACTIVOS
La Cámara de Rosario confirmó la competencia de la justicia provincial y dispuso la continuación de las medidas cautelares, manteniendo la prisión preventiva de los imputados en el marco de una investigación por asociación ilícita, lavado de activos y extorsiones. La decisión se basó en la existencia de elementos de prueba y riesgos procesales.
- Quién demanda: Las defensas de los imputados Bracamonte, Rigiracciolo, Enriquez, Vergara y otros, mediante recursos de apelación contra las resoluciones de prisión preventiva y de declaración de incompetencia.
¿A quién se demanda?
La resolución del Dr. Becerra Facundo Rodrigo y la resolución de la Cámara de Rosario.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de incompetencia de la justicia provincial y la modificación o suspensión de las medidas cautelares, en particular la prisión preventiva.
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Rosario revocó parcialmente la declaración de incompetencia en materia de lavado de activos y confirmó las medidas cautelares y prisión preventiva dispuestas, considerando la existencia de elementos de convicción y riesgos procesales. Se dejó sin efecto la desvinculación de los imputados Bracamonte y Rigiracciolo respecto del delito de asociación ilícita, y se sostuvo la pertinencia de mantener las medidas restrictivas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara analizó la competencia en función de precedentes del Tribunal Supremo provincial y de la jurisprudencia nacional, concluyendo que no corresponde declarar la incompetencia en estos casos. Se resaltó que las investigaciones estaban en fase avanzada y que la continuidad en la jurisdicción provincial favorece la celeridad y la seguridad jurídica. Además, se verificó la existencia de elementos probatorios que sustentan la imputación de asociación ilícita y lavado de activos, así como el peligro procesal derivado de la vinculación de los imputados con actividades delictivas, extorsiones y vinculación con organizaciones sindicales y barras bravas. La decisión también consideró los riesgos de fuga, la peligrosidad y la gravedad de los hechos, además del estado de salud y arraigo de los imputados.
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