C., M. L. s/ ABUSO SEXUAL SIMPLE
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario confirmó la sentencia condenatoria contra M. L. C. por abuso sexual simple, considerando que el relato de la víctima y las pruebas aportadas respaldan la culpabilidad del imputado, y rechazó los agravios de la defensa que cuestionaron la valoración de las pruebas y el relato de la víctima.
Actor: La Fiscalía y la parte acusadora representan la posición del Ministerio Público Fiscal y la víctima menor de edad. Demandado: M. L. C., imputado por el delito de abuso sexual simple. Objeto: La confirmación de la sentencia condenatoria dictada por el Tribunal Unipersonal de Juicio de Casilda, que lo declaró autor responsable del delito y dispuso su condena. Decisión: La Cámara de Apelaciones confirmó en su totalidad la sentencia condenatoria, fundamentando que las pruebas, incluyendo relatos de la víctima, informes periciales y testimonios, acreditan la existencia del abuso. Se rechazaron los agravios de la defensa relacionados con la valoración de las pruebas, argumentando que la declaración de la víctima, su coherencia, persistencia y los indicadores de abuso, sumados a las pericias médicas y testimonios, configuran un cuadro probatorio suficiente para sostener la condena, sin que exista error judicial o contradicción en la valoración de la material probatorio.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia de primera instancia fue fundada en la coherencia del relato de la víctima, la valoración de las pruebas periciales y testimoniales, y en la existencia de indicadores de abuso sexual en la víctima, que no fueron contradichos de manera suficiente por la defensa. La Cámara señala que la declaración de la víctima, aunque en un primer análisis podría parecer insuficiente, en conjunto con los informes médicos, informes psicológicos y testimonios, configura un cuadro probatorio convincente. La defensa alegó que el relato de la víctima es contradictorio con las pruebas médicas, particularmente el informe forense que indica que no hay lesiones compatibles con penetración. Sin embargo, la Cámara sostiene que en casos de abuso sexual, la ausencia de lesiones no desvirtúa la veracidad del relato, especialmente en niñas con poca experiencia sexual, y en contextos donde el relato es coherente y persistente. Además, la valoración de la declaración de la víctima y los indicadores de abuso, como retraimiento, conducta retraída, entre otros, fueron considerados suficientes para fundamentar la condena. La defensa también alegó error en la valoración de las declaraciones de testigos y en la valoración científica, pero la Cámara sostiene que la valoración de las pruebas por parte del tribunal de grado fue adecuada y ajustada a la sana crítica racional, y que no hay error judicial que justifique modificar la sentencia. Finalmente, la Cámara confirmó la sentencia en todos sus términos, considerando que la misma fue fundada en pruebas idóneas y suficientes para acreditar la responsabilidad del imputado, y que la valoración de las mismas fue correcta.
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