SALOMON, CARLOS ALBERTO s/ HOMICIDIO AGRAVADO POR EL EMPLEO DE ARMA DE FUEGO EN GRADO CONSUMADO, HOMICIDIO AGRAVADO POR EL EMPLEO DE ARMA DE FUEGO EN GRADO DE TENTATIVA Y PORTACION ILEGAL DE ARMA DE FUEGO DE USO CIVIL
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario confirma parcialmente la condena contra Salomón por homicidio agravado, modificando la calificación legal y reduciendo la pena a 15 años y 6 meses de prisión, tras valorar la prueba y la ausencia de legítima defensa efectiva.
Quién demanda: La Fiscalía, en defensa del interés público en la causa por homicidio agravado.
¿A quién se demanda?
Salomón Carlos Alberto.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La confirmación de la condena de 17 años por homicidio agravado con arma de fuego y portación ilegal, así como la calificación legal del concurso real entre delitos.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la responsabilidad del acusado, modificó la calificación legal en orden a la concurrencia real de delitos de homicidio agravado y portación ilegítima, y redujo la pena a 15 años y 6 meses de prisión. La sentencia se fundamenta en la valoración de la prueba, en particular testimonios, reconocimiento del arma, y la ausencia de acreditación de legítima defensa.
Fundamentos principales:
- La valoración de la prueba fue ajustada a la ley, considerando que los indicios y testimonios apuntan a la responsabilidad del acusado en la comisión del hecho con un arma de fuego.
- La declaración del propio Salomón, quien admitió haber disparado, refuerza la responsabilidad y desvirtúa la legítima defensa.
- La dinámica del hecho y los testimonios coinciden en que los disparos se produjeron cuando la pelea había finalizado, en un contexto de agresiones previas y gresca grupal.
- La existencia de armas y municiones en la escena, junto con los testimonios, indica la participación activa del acusado y la no acreditación de una defensa efectiva.
- La calificación del delito en concurso real y la valoración de las circunstancias personales justifican la reducción de la pena, atendiendo a las pautas del art. 41 del Código Penal y las atenuantes de la conducta del imputado.
- La sentencia fue fundamentada en la gravedad del hecho, el daño causado, la pluralidad de agresiones y la modalidad delictiva, justificando la pena de 15 años y 6 meses.
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