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NOGUERA, GONZALO EZEQUIEL s/ HOMICIDIO CALIFICADO POR SER CRIMINIS CAUSA EN CONCURSO REAL CON ROBO CALIFICADO POR EL USO DE ARMA BLANCA

La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario confirma la condena a Gonzalo Ezequiel Noguera por homicidio calificado por ser criminis causa en concurso con robo calificado, rechazando los agravios de la defensa y avalando la valoración de la prueba y la pena de prisión perpetua.

Prueba pericial Responsabilidad penal Prision perpetua Homicidio calificado Robo calificado Apelacion penal Responsabilidad criminal Rango de tiempo post mortem Rastros de sangre Constitucionalidad pena

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor demanda en apelación la sentencia condenatoria dictada por el tribunal de primera instancia que condenó a Gonzalo Noguera a prisión perpetua por homicidio calificado y robo calificado. La defensa alegó arbitrariedad en la valoración de la prueba, especialmente en la determinación del horario de la muerte, y cuestionó la constitucionalidad de la pena de prisión perpetua. La Cámara analizó la prueba pericial y testimonial, concluyendo que los indicios probatorios, incluyendo rastros de sangre, presencia en el lugar, heridas y testimonios de expertos, respaldan la responsabilidad del acusado. Además, desestimó los planteos sobre la inconstitucionalidad de la pena, remitiéndose a jurisprudencia provincial y nacional que avala la constitucionalidad de la prisión perpetua en delitos gravísimos. La Cámara reafirmó la coherencia del fallo y rechazó los agravios, confirmando la condena en todos sus términos. FUNDAMENTOS PRINCIPALES: "Los médicos que examinaron el cadáver y que depusieron en juicio fueron muy claros al expresar que la hora de la muerte de una persona no es posible de determinarse, si se me permite, mediante precisiones matemáticas o quirúrgicas, ya que está supeditada a múltiples factores. Y ha quedado precisado de sus deposiciones que sólo pueden determinarse parámetros o rangos, o en su caso, un intervalo pos mortem y que siempre constituyen 'estimaciones'." "El análisis integral de la prueba, incluyendo rastros de sangre, presencia en el lugar, testimonios periciales y testimonios de vecinos, sustenta la responsabilidad del imputado en la comisión del delito. La conducta del acusado, su presencia en el domicilio, las lesiones y las evidencias balísticas, hacen que la sentencia de primera instancia se encuentre correctamente fundada y no sea arbitraria." "En cuanto a la inconstitucionalidad de la pena de prisión perpetua, la jurisprudencia provincial y nacional ha reafirmado su constitucionalidad en delitos de extrema gravedad, y la cuestión aún no presenta un perjuicio actual, efectivo y concreto que justifique su declaración de inconstitucionalidad en el caso."

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