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FURFARO, HECTOR ARMANDO c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

La Cámara Federal de Mar del Plata confirmó parcialmente la sentencia del juez de grado, revocando ciertos aspectos relacionados con la aplicación de índices y el tratamiento de inconstitucionalidad, y diferió la liquidación de la quita o merma confiscatoria a la etapa de ejecución, en línea con los precedentes de la CSJN y la jurisprudencia consolidada, manteniendo la declaración de inconstitucionalidad del art. 9 de la ley 24.463 en la etapa de ejecución.

Quién demanda: Hector Armando Furfaro

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber previsional, aplicación de índices de actualización, tratamiento de inconstitucionalidad del art. 9 de la ley 24.463 y costas procesales.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia del juez de grado, en particular respecto a la aplicación retroactiva del índice R.I.P.T.E., la constitucionalidad del art. 9 de la ley 24.463 y el tratamiento de la quita o merma confiscatoria, remitiendo la cuestión a la etapa de ejecución para su determinación, y confirmó el resto de la sentencia. Además, impuso las costas a la parte vencida. Fundamentos principales de la decisión: "De acuerdo con las constancias obrantes en autos, no surge que la parte actora se hubiese adherido al programa instituido por la normativa citada, como así tampoco existe pretexto legislativo que avale la aplicación retroactiva de la ley. En consecuencia, tanto el índice que ésta establece, como la ley misma, devienen inaplicables al beneficio previsional del actor, conforme lo resuelto por este Tribunal en autos: “ALONSO, MIGUEL ANGEL c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES”. Por otro lado, y en relación a la pretendida aplicación de la Res. ANSeS 56/2018 y de la Res. SSS 01/2018, cabe advertir que el más Alto Tribunal se ha pronunciado recientemente en los Autos “Blanco, Lucio Orlando c/ANSeS s/ reajustes varios”, donde dispuso, por decisión de la mayoría, declarar la inconstitucionalidad de esas resoluciones. La Corte se vuelve a pronunciar estableciendo que corresponde confirmar la aplicación del Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC), con los alcances que surgen de los antecedentes “Elliff” y “Blanco”. En consecuencia, corresponde rechazar el agravio respecto a estos aspectos. En cuanto al agravio vinculado con el reajuste de la PBU, se remiten a antecedentes de la Cámara en autos: “GIANOLI, NORMA ISABEL c/ ANSeS”. Sobre la inconstitucionalidad del art. 9 de la ley 24.463, se declara que en este caso se diferirá su tratamiento a la etapa de ejecución,

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