MORALES RODRIGUEZ, DORCA YINET c/ ANSES s/AMPARO LEY 16.986
La Cámara Federal de Mar del Plata confirmó parcialmente la sentencia que ordenó a la ANSeS conceder el beneficio de jubilación y regularizar la deuda en cuotas, y rechazó el recurso de la ANSeS, manteniendo la condena en los aspectos no modificados. La decisión se fundamenta en la protección de derechos vulnerables y en la interpretación integral de la normativa previsional, priorizando el espíritu de la ley y la situación de vulnerabilidad de la actora. La Cámara sostuvo que la acción de amparo resulta adecuada por tratarse de una situación que requiere tutela urgente y efectiva, y que la normativa debe interpretarse en función del fin social y constitucional de protección a las personas mayores en condición de vulnerabilidad.
¿Quién es el actor?
Dorca Yinet Morales Rodriguez
¿A quién se demanda?
ANSeS
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Derecho a la jubilación mediante plan de pago en cuotas y protección de derechos previsionales.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de la actora y ordenó a la ANSeS que conceda la jubilación desde la fecha de solicitud (03/05/2024), con pago en 120 cuotas, y que se le adicionen intereses conforme a la tasa pasiva del Banco Central. Rechazó el recurso de la ANSeS y confirmó la sentencia en los demás aspectos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La acción de amparo es un medio excepcional para protección de derechos vulnerados, especialmente en situaciones de vulnerabilidad social y previsional. La normativa debe interpretarse en función del fin social y constitucional, priorizando la protección de las personas mayores en condición de vulnerabilidad. La ley 27.705 y su decreto reglamentario 173/2023 buscan garantizar derechos a los sectores vulnerables, y en este caso, la situación socioeconómica de la actora justifica la tutela integral y activa. La inadmisibilidad de la acción por vencimiento del plazo no corresponde, dado el carácter de tutela urgente y la vulnerabilidad de la demandante. La tasa de interés se fija según la tasa pasiva del Banco Central y las costas se imponen a la parte vencida.
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