ESTADO NACIONAL - FUERZA AEREA ARGENTINA c/ GOLLO, ARIEL HORACIO s/LANZAMIENTO LEY 17.091
La Cámara Federal de Córdoba confirmó la declaración de abstracta la causa en un proceso de desalojo, y dispuso que las costas se impongan a la parte demandada por su conducta remisa, manteniendo la decisión de primera instancia.
¿Quién es el actor?
Estado Nacional
- Fuerza Aérea Argentina
¿A quién se demanda?
Ariel Horacio Gollo
- Objeto de la demanda: Desalojo y restitución del inmueble Casa N° 240 en calle 2 / B° Aeronáutico, Córdoba, por incumplimiento del plazo de tenencia precaria y transitoria otorgada mediante adjudicación.
- Decisión del tribunal: La Sala declaró la causa abstracta tras constatar que el inmueble fue restituido por el demandado, y confirmó la distribución de costas a cargo del demandado por su conducta remisa, en virtud del principio objetivo de la derrota. La causa se inició por incumplimiento en la restitución y finalizó con la restitución efectiva del bien.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El objeto de la demanda radica exclusivamente en obtener la restitución del inmueble. La doctrina establece que: 'el proceso de desalojo queda limitado a verificar si existe o no, entre las partes, una obligación exigible de restituir el inmueble... La litis se agota con esa problemática.'" "La causa fue iniciada para que Gollo restituya el inmueble, lo cual ocurrió en diciembre de 2021, con la devolución del bien, razón por la cual la cuestión se tornó abstracta y sin objeto." "El acto de restitución por parte del demandado implica el agotamiento de la pretensión, tornando innecesario continuar con la vía judicial." "Las costas se impusieron a la parte demandada por su conducta remisa, en línea con los principios procesales sobre la imposición de costas en función del principio objetivo de derrota."
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