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F., J. C. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD F., J. C. s/ DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia que condenó a J. C. F. por abuso sexual y corrupción de menores. La decisión se fundamentó en la insuficiencia argumental de la impugnación y en la valoración adecuada de la prueba y principios constitucionales por parte del tribunal de instancia.

Arbitrariedad Recurso de queja Inconstitucionalidad Presuncion de inocencia Sentencia penal condenatoria Derecho al debido proceso Prueba y valoracion probatoria Rechazo de queja Violacion garantias constitucionales Perspectiva de genero y ninez


- Quién demanda: La defensa de J. C. F.

¿A quién se demanda?

Los jueces del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de la Primera Circunscripción Judicial, doctores Álvarez, Mudry y Prieu Mántaras.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La declaración de inconstitucionalidad de la resolución 299 del 08.04.2024, que confirmó la fallo condenatorio, por supuestos vicios en la valoración de los hechos y vulneración de garantías constitucionales como la presunción de inocencia, debido proceso y la imparcialidad.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia rechazó la queja por entender que los agravios no logran demostrar arbitrariedad o vulneración constitucional, ya que el recurso se funda en una mera disconformidad con la interpretación judicial y no en una afectación concreta a derechos constitucionales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El análisis de los agravios revela que no alcanzan a perfilar una cuestión con idoneidad suficiente para operar la apertura de la vía extraordinaria. La recurrente no logra desvirtuar la fundamentación del tribunal de grado, ni acreditar que la valoración de la prueba y la interpretación de los hechos vulneren derechos constitucionales. La justificación del fallo resulta fundada en la sana crítica racional, considerando las pruebas producidas y la perspectiva de género y niñez en el análisis de la causa. Además, los reparos por la variación temporal de la imputación no demuestran afectación concreta a derechos del imputado, y los argumentos sobre la agravante por la guarda carecen de precisión y fundamentación suficiente." Se descarta la existencia de arbitrariedad y vulneración constitucional, y se concluye que los agravios invocados no configuran motivos suficientes para modificar la decisión de la instancia de grado. La decisión se fundamenta en que la impugnación es genérica y basada en interpretaciones judiciales, lo cual no habilita la vía extraordinaria conforme la normativa constitucional y legal vigente.

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