LOPEZ, HECTOR VENTURA c/ PREVENCION ART S.A. -ACCIDENTE- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (QUEJA PARCIALMENTE ADMITIDA)
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe declaró procedente el recurso de inconstitucionalidad en un planteo por cuantificación de indemnización en reclamo por accidente laboral. Anuló la sentencia de la Cámara de Rosario por arbitrariedad en la valoración económica, ordenando un nuevo pronunciamiento.
Quién demanda: Hector Ventura López
¿A quién se demanda?
Previsión ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reparación integral por incapacidad derivada de accidente laboral ocurrido en marzo de 2012, incluyendo indemnización y daños morales.
¿Qué se resolvió?
La Corte declaró procedente el recurso de inconstitucionalidad, anuló la sentencia de la Cámara por fundamentación insuficiente y arbitrariedad en la cuantificación de la indemnización, y ordenó remitir a un tribunal de alzada para dictar un nuevo fallo conforme a los lineamientos del fallo.
Fundamentos principales de la decisión:
- La Cámara de Rosario no fundamentó adecuadamente la cuantificación de la indemnización, considerando valores históricos y sin realizar cálculos que respalden la suma fijada, lo que viola el derecho a la jurisdicción y la garantía de fundamentación.
- La sentencia incurrió en arbitrariedad al no atender a los parámetros económicos adecuados, ya que la suma calculada en la sentencia de grado difiere significativamente del valor de la indemnización según las tablas de la ley de riesgos del trabajo.
- La valoración con base en valores históricos en un caso de indemnización por daños y perjuicios en un reclamo civil fue incorrecta, y la sentencia no justificó suficientemente la suma fijada.
- La diferencia entre la suma fijada ($430.000) y la suma que correspondería a valores actualizados ($3.851.726.72) evidencia la arbitrariedad y el incumplimiento del deber de fundamentación.
- La Corte sostiene que la sentencia no cumple con los requisitos constitucionales mínimos y que la valoración económica debe hacerse al momento de la sentencia, no con valores históricos.
Votos en disidencia: Los ministros Erbetta, Falistocco, Gastaldi y Spuler (en disidencia) consideraron que la sentencia no incurrió en arbitrariedad y que la valoración realizada fue adecuada, por lo que rechazaron el recurso.
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