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MUNICIPALIDAD DE SANTA FE c/ VICENTE RUBINO S.A. s/ APREMIOS FISCALES

La Cámara de Apelación de Circuito declaró la improcedencia de los recursos de nulidad y apelación interpuestos contra la sentencia de primera instancia en un proceso de apremios fiscales de carácter restrictivo. La decisión se fundamenta en la carácter del proceso ejecutivo y la incorrecta concesión de los recursos por parte del tribunal de primera instancia.

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- Quién demanda: Municipalidad de Santa Fe (en la instancia de ejecución fiscal).

¿A quién se demanda?

Vicente Rubino S.A. (en la ejecución fiscal).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La ejecución fiscal y la validez de la sentencia de primera instancia que rechazó excepciones y ordenó continuar con el apremio fiscal.

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró mal concedidos los recursos de nulidad y apelación interpuestos por la demandada, fundamentando que en los procesos de apremios fiscales solo procede recurso por el actor. La sentencia de primera instancia fue confirmada en cuanto a la validez del proceso.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara recuerda que en procesos ejecutivos fiscales, la ley limita la posibilidad de recurso a la parte actora, en este caso, la Municipalidad, y que el demandado, Vicente Rubino S.A., no puede apelar la sentencia, sino que debe promover un juicio declarativo si considera vulnerados sus derechos. Se cita el artículo 26 de la Ley 5066 y el artículo 509 del Código de Procedimientos, señalando que “la sentencia es solo apelable por el actor, reproduciendo lo dispuesto por el artículo 509 del Código de Procedimientos para los apremios en general”. La concesión errónea de los recursos por parte del tribunal de primera instancia justifica su rechazo. Asimismo, se concluye que no existió vulneración de derechos constitucionales que ameriten una excepción, dado que la parte demandada no desplegó actividad probatoria que justifique otro tratamiento. Disidencias: No existen votos en disidencia relevantes en este fallo. Por los fundamentos del acuerdo, la Cámara resolvió: 1) Declarar mal concedidos los recursos de nulidad y apelación interpuestos. 2) Imponer las costas en esta instancia en el orden causado.

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