GOIBURO, CARLOS ALBERTO c/ EXPERTA ART S.A. -ACCIDENTES Y/O ENFERMEDADES DEL TRABAJO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)
La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe denegó la concesión del recurso extraordinario contra la sentencia que rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad en un proceso por intereses en materia de riesgos del trabajo. La decisión se fundamentó en el incumplimiento de los requisitos formales y en la falta de argumentos sólidos para demostrar arbitrariedad o afectación de derechos constitucionales.
- Quién demanda: La aseguradora EXPERTA ART SA
¿A quién se demanda?
Carlos Alberto GOIBURO
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La concesión del recurso extraordinario federal contra la sentencia que rechazó la queja por la denegación del recurso de inconstitucionalidad, alegando arbitrariedad por la aplicación de intereses y la normativa aplicable.
¿Qué se resolvió?
La Corte denegó la concesión del recurso extraordinario, confirmando la decisión de la instancia anterior. La sentencia argumentó que la recurrente no cumplía con los requisitos de admisibilidad establecidos por la normativa procesal y que sus planteos eran meramente reiterativos y poco fundamentados, sin demostrar un apartamiento notorio de la jurisprudencia o una afectación concreta de derechos constitucionales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte señaló que la recurrente no realizó una crítica razonada que refutara las motivaciones del Tribunal superior, ni demostró una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas y lo debatido en el caso. Además, sostuvo que la recurrente se limitó a reiterar sus planteos en relación a la aplicación de intereses, sin abordar la fundamentación del fallo. La sentencia afirmó: "Dicho incumplimiento se verifica ante la falta de crítica razonada que refute las motivaciones enunciadas por este Tribunal Superior en el decisorio, y en la ausencia de demostración de una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas y lo debatido y resuelto en el caso". También aclaró que la normativa citada por la recurrente fue concebida para el ámbito administrativo, y no obliga a su utilización en las sentencias judiciales. La Corte concluyó que la impugnante no logró demostrar que el fallo fuera arbitrario o lesionara derechos constitucionales, y que su disenso era meramente reiterativo, por lo que procedió a denegar el recurso.
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