MARTINEZ, FRANCO NICOLAS s/ PORTACION ILEGITIMA DE ARMA DE FUEGO DE GUERRA
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Santa Fe confirmó parcialmente la condena a Martínez, modificando la figura legal a portación ilegítima de arma de fuego de uso civil y reduciendo la pena a dos años de prisión condicional, también revocó la condena en costas a favor de la defensa.
¿Quién es el actor?
La Fiscalía y la parte acusadora en primera instancia.
¿A quién se demanda?
A Franco Nicolás Martínez.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La confirmación de la condena por portación ilegítima de arma de fuego de guerra y la imposición de pena de tres años y seis meses de prisión.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la calificación legal y la pena, estableciendo que la conducta corresponde a portación ilegítima de arma de uso civil, imponiendo una pena de dos años de prisión condicional, y modificó las costas a su favor.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara valoró la prueba colectada, destacando la existencia de testimonios que, aunque reticentes, acreditaron la participación del acusado en la portación de arma de fuego. Sin embargo, resaltó las dudas sobre la identidad del arma y la cantidad de proyectiles secuestrados, además de cuestionar la cadena de custodia de las evidencias. La sentencia también consideró que, dado el tiempo transcurrido y la situación personal del imputado, la prisión sería perjudicial, por lo que aplicó una condena condicional y reglas de conducta. La valoración de los testimonios y las pruebas objetivas, sumada a las condiciones personales del acusado, fundamentaron la reducción de la pena y la modificación del encuadre legal.
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