DE LA IGLESIA, CLAUDIA ALEJANDRA c/ TITA S.A. Y OTROS s/ COBRO DE PESOS - RUBROS LABORALES
La Cámara de Rafaela confirmó en forma parcial la sentencia de primera instancia que condenó a Tita S.A. y a Agustín Carlos Tita por relación laboral y responsabilidades, rechazando los agravios por errores en la valoración probatoria y en la extensión de responsabilidad, y manteniendo costas y condenas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa se inicia con la demanda de Claudia Alejandra De La Iglesia contra Tita S.A. y Agustín Carlos Tita, reclamando rubros laborales y daños. La sentencia de primera instancia, del 16/08/23, hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó solidariamente a las demandadas, considerando la existencia de relación laboral, aplicando la primacía de la realidad, y analizando la validez del despido y la responsabilidad del presidente del directorio. La parte actora impugnó en aspectos relacionados con la fecha del despido y la responsabilidad del Sr. Tita; la demandada cuestionó la valoración probatoria y la extensión de responsabilidad. La Cámara rechazó los agravios por insuficiencia de fundamentación, argumentos genéricos y falta de crítica puntual, confirmando la sentencia en lo principal, exceptuando la responsabilidad del Sr. Tita, que fue parcialmente admitida. Se confirmó la configuración de la relación laboral y la validez del despido en la fecha del 01/09/21, y las costas se distribuyeron en un 50% a cargo del actor y 50% a cargo de Tita S.A. La nulidad del recurso de nulidad en subsidio fue declarada, y la apelación de la actora fue rechazada en todos sus términos. La decisión se fundamenta en la valoración de la prueba y en la jurisprudencia aplicable, concluyendo que los agravios no cumplen con los requisitos de fundamentación y especificidad, y que la decisión de primera instancia no presenta errores de fondo.
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