MALDONADO, JORGE ALBERTO Y OTROS c/ PROVINCIA DE SANTA FE -DAÑOS Y PERJUICIOS- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (CONCEDIDO POR LA CÁMARA)
La Corte Suprema de Santa Fe revocó una sentencia que rechazaba un recurso de inconstitucionalidad presentado por la Provincia de Santa Fe contra una sentencia que condenaba a la provincia por daños derivados de una gestión hídrica. La Corte consideró que la falta de motivación en la decisión impugnada vulneró el debido proceso y la constitucionalidad, ordenando la devolución de los autos para un nuevo pronunciamiento en línea con sus fundamentos.
Actor: Provincia de Santa Fe Demandado: Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nº 1 del Distrito Judicial N° 1, Santa Fe Objeto: Impugnación constitucional de la sentencia que condenó a la provincia por daños por desborde del río Salado en 2003, y que rechazó la responsabilidad del Estado respecto al fallecimiento de un menor. La provincia alegó que la sentencia carecía de fundamentación suficiente y que violaba derechos constitucionales por omisión de análisis de agravios centrales y por decisiones arbitrarias. Decisión: La Corte Suprema revocó la sentencia y declaró procedente el recurso de inconstitucionalidad, ordenando que los autos vuelvan al tribunal de origen para que dicte una nueva resolución ajustada a los fundamentos del fallo. La Corte consideró que la sentencia impugnada adolecía de una motivación insuficiente y que la decisión de rechazar la acción por renuncia no estaba debidamente fundamentada, vulnerando el debido proceso constitucional.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El pronunciamiento impugnado no brindó en este punto razones suficientes en orden a rechazar el recurso de apelación extraordinaria interpuesto por parte de la accionada y, por ende, resulta descalificable por su falta de motivación en los términos del artículo 95 de la Constitución provincial." Además, se sostuvo que la decisión de rechazar la acción por la aceptación de la ayuda económica, pese a la renuncia expresa, vulneraba derechos constitucionales, ya que la sentencia no analizó adecuadamente la validez de la renuncia en relación con el estado de vulnerabilidad de los actores y la naturaleza del acto jurídico. La Corte reafirmó que la motivación insuficiente constituye una vulneración a la garantía constitucional del debido proceso y que la Corte puede y debe ejercer control sobre la motivación de las sentencias.
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