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GONZALEZ, VICTOR MANUEL -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL GONZALEZ, VICTOR MANUEL s/ HOMICIDIO EN CONCURSO REAL CON HURTO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)

La Corte de Santa Fe deniega la concesión del recurso extraordinario interpuesto por la defensa de Víctor Manuel González contra la decisión que confirmó la condena por homicidio y hurto. El tribunal concluyó que la impugnación carece de los requisitos formales y sustanciales para su admisión.

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- Quién demanda: La defensa de Víctor Manuel González, en recurso de inconstitucionalidad y posteriormente en recurso extraordinario federal.

¿A quién se demanda?

A la Corte de Santa Fe, en su sentencia 86 del 18/03/2025, que rechazó el recurso de inconstitucionalidad y denegó el recurso extraordinario federal.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La revisión de la constitucionalidad de la sentencia condenatoria y la supuesta vulneración de derechos constitucionales, incluyendo principios de culpabilidad, doble instancia y precedentes nacionales.

¿Qué se resolvió?

La Corte provincial denegó la concesión del recurso extraordinario, fundamentando que la impugnación no cumplía con los requisitos formales del artículo 3 del reglamento, y que los agravios no demostraban la existencia de una afectación constitucional concreta ni un apartamiento de los precedentes nacionales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

En el análisis del recurso, la Corte señaló que la impugnación no realizaba una crítica razonada ni específica de la sentencia atacada, incumpliendo el artículo 3, incisos "d" y "e", del reglamento de la acordada 4/2007. La defensa repitió en forma general los cuestionamientos ya resueltos en instancias anteriores, sin aportar un análisis propio ni demostrar una vulneración concreta de derechos constitucionales. Asimismo, la Corte evaluó que los argumentos relacionados con la pena, la declaración de reincidencia y los precedentes "Strada" y "Di Mascio" no estaban debidamente fundamentados ni acreditados, y que las respuestas en la sentencia recurrida eran suficientes y fundadas. La recurrente no logró demostrar que la decisión del tribunal provincial fuera contraria a la Constitución Nacional ni a los principios del derecho federal, por lo que el recurso fue denegado. Además, la Corte rechazó las alegaciones sobre la vulneración del derecho de acceso a la jurisdicción, ya que los cuestionamientos ya habían sido abordados en instancias previas, y no se presentaron agravios nuevos o fundados que permitieran su revisión. Por todo ello, la Corte concluyó que la impugnación no cumplía con los requisitos de admisibilidad, y que la resolución impugnada se encontraba debidamente fundamentada, sin vicios que justifiquen su revisión en sede federal.

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