V., H. A. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL V., H. A. s/ ABUSO SEXUAL s/ RECURSO DE INCOSNTITUCIONALIDAD (CONCEDIDO POR EL TRIBUNAL UNIPERSONAL DEL COLEGIO DE JUECES PENALES DE SEGUNDA INSTANCIA) (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)
La Corte Suprema de Justicia de la Provincia denegó la concesión del recurso extraordinario contra la sentencia que anuló la decisión de prescripción en un caso de abuso sexual infantil. La resolución se fundamentó en la falta de legitimación del recurso y la no existencia de sentencia definitiva.
- Quién demanda: La defensa técnica de H. A. V.
¿A quién se demanda?
La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe (recurso contra resolución de la Corte provincial).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La concesión del recurso extraordinario federal por supuesta vulneración de derechos constitucionales en relación a la interpretación del artículo 18 de la Constitución Nacional, los tratados internacionales y la ley 48.
¿Qué se resolvió?
La Corte provincial resolvió denegar la concesión del recurso extraordinario, considerando que no cumple con los requisitos de admisibilidad, ya que no se dirige contra una sentencia definitiva, no realiza una crítica razonada de la sentencia atacada, y no acredita la existencia de una vulneración constitucional sustancial.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Se argumentó que no se trata de una sentencia definitiva o equiparable a tal, en línea con el precedente "Ilarraz, Justo José s/ promoción a la corrupción agravada -inc de extinción por prescripción
- s/ impugnación extraordinaria" de la Corte Nacional. La recurrente no logra demostrar un supuesto de excepción que habilite la vía recursiva; además, no cumple con los requisitos de crítica razonada y relación directa con normas federales invocadas, según lo establecido en la Acordada 4/2007. La Corte consideró que la impugnante no controvirtió los fundamentos centrales del fallo, en especial, la declaración de procedencia del recurso y la anulación del pronunciamiento sobre la prescripción, que implicaba la remisión de la causa para nuevo juicio. La resolución enfatizó que la protección de derechos constitucionales y convencionales, como el acceso a la justicia y tutela judicial efectiva, fue considerada por la Corte provincial en su análisis, resaltando que la recurrente no logró demostrar que el fallo vulnerara garantías constitucionales ni que se tratara de una sentencia definitiva o equiparable. En consecuencia, se concluyó que el recurso no cumple los requisitos de admisibilidad y, por ende, fue denegada su concesión.
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