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GONZALEZ, CLAUDIO RAMIRO; DIEP ASEP, NORBERTO OSCAR; COPPINI, MAURICIO DANIEL; MARTINEZ, LEONARDO RUBEN Y VIVAS, DANIEL ESTEBAN s/ ROBO CALIFICADO POR USO DE ARMA DE FUEGO, ROBO AGRAVADO POR HABER SIDO COMETIDO EN LUGAR POBLADO Y EN BANDA, OSTENTACION ILEGITIMA DE INSIGNIAS O DISTINTIVOS, ABUSO DE ARMAS Y TENENCIA ILEGITIMA DE ARMA DE FUEGO DE GUERRA

La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario confirmó parcialmente las condenas a los imputados por el robo calificado en concurso con delitos relacionados, modificando las calificaciones jurídicas y las penas correspondientes, y rechazando el decomiso del vehículo secuestrado.

Recurso de apelacion Garantias constitucionales Participacion criminal Delitos de robo calificado Participacion policial y civil Intervenciones telefonicas y gps Prueba pericial y videovigilancia Vinculos familiares y laborales Calificacion juridica y penas Decomiso vehicular


¿Quién es el actor?

La Fiscalía del Ministerio Público de la Provincia de Santa Fe, en defensa del orden público y la adecuada valoración de la prueba.

¿A quién se demanda?

A los imputados Claudio Ramiro González, Leonardo Rubén Martínez, Mauricio Daniel Coppini, Norberto Oscar Diep Asep y Daniel Esteban Vivas.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La confirmación de las condenas, la modificación de las calificaciones jurídicas y las penas, y la declaración de nulidad del decomiso del vehículo VW Bora.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó en parte la sentencia de primera instancia, modificando las calificaciones jurídicas y las penas, y revocando el decomiso del vehículo. La valoración de la prueba se realizó en base a cámaras de videovigilancia, testimonios, informes periciales, y registros telefónicos y de GPS, considerando la existencia de una organización delictiva con participación policial y civil. La sentencia destacó la prueba técnica, la relación entre los imputados, y la participación en la planificación y ejecución del robo. Se concluyó que la participación de González debe considerarse como partícipe en la organización, y no como coautor, en virtud de la insuficiencia probatoria para atribuirle dominio sobre el hecho. Los demás imputados fueron considerados responsables en distintas calidades, con responsabilidades en la planificación, logística y ejecución. La valoración probatoria fue fundamentada en la consistencia de las pruebas técnicas y testimoniales, y en la relación de vínculos entre los imputados.

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