GUERRA, OSVALDO NORBERTO c/ ARCE, VERONICA -DESALOJO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad en un proceso de desalojo, confirmando la validez de la sentencia que hizo lugar a la demanda, por considerar que los argumentos de los recurrentes constituyen mera discrepancia fáctica y probatoria.
Quién demanda: Osvaldo Norberto Guerra (actor)
¿A quién se demanda?
Verónica Arce (demandada)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Desalojo del inmueble ubicado en Rosario, en el marco de una demanda basada en la legitimación activa del actor y en la inexistencia de transferencia del inmueble, además de cuestionar la validez de las pruebas y la valoración probatoria.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe rechazó la queja presentada por los demandados contra la resolución que confirmó la denegación del recurso de inconstitucionalidad, sosteniendo que los argumentos de los recurrentes solo configuran una mera discrepancia con la valoración probatoria de la Cámara de Apelación, que se encuentra en el marco de sus facultades. La sentencia confirmada consideró que la parte actora acreditó su legitimación y que los demandados no lograron demostrar su posesión a título de dueño ni la existencia de actos posesorios suficientes. La Corte concluyó que los agravios no evidencian un apartamiento del derecho a la jurisdicción ni un incumplimiento de las garantías constitucionales, y por ello, se rechazó la queja. Fundamentos principales: "De la confrontación del escrito recursivo con la sentencia atacada, se advierte que los argumentos esgrimidos por los recurrentes sólo revelan su mera discrepancia con los fundamentos expuestos por la Cámara al emitir el pronunciamiento y remiten a cuestiones fácticas, probatorias y de interpretación de normas de derecho común, materias propias de los jueces de la causa y que no incumbe a esta Corte revisar por esta vía de excepción." "Las cuestiones juzgadas han sido resueltas con fundamentos suficientes, conformando un decisorio que no aparece prima facie disociado de las exigencias que el ordenamiento jurídico fundamental impone para el dictado de una sentencia válida." "En definitiva, los recurrentes no acreditan cómo sus cuestionamientos apelatorios contra la sentencia de grado no habrían sido debidamente atendidos por la Alzada, ni cómo lo resuelto se apartaría de las respectivas constancias de la causa, las cuales examinó puntualmente." "De lo expuesto, se colige que las cuestiones juzgadas han sido resueltas con fundamentos suficientes, conformando un decisorio que no aparece 'prima facie' disociado de las exigencias que el ordenamiento jurídico fundamental impone para el dictado de una sentencia válida."
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