BILDTEC S.A c/ ALEM, JUAN MANUEL s/ JUICIOS EJECUTIVOS
La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Santa Fe revocó la sentencia de primera instancia y admitió el recurso de apelación del demandado, rechazando la ejecución por inhabilidad del título debido a la relación de consumo no acreditada y la falta de cumplimiento de requisitos del art. 36 LDC.
- Quién demanda: BILDTEC S.A.
¿A quién se demanda?
JUAN MANUEL ALEM
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución de un pagaré por $x con intereses, basado en un título supuestamente válido.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la ejecución, por considerar que el título es inhábil por inaplicabilidad del régimen de consumo, y que no se acreditó la relación de consumo ni los requisitos del art. 36 de la Ley de Defensa del Consumidor.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal analizó la naturaleza del pagaré y su contexto, concluyendo que no se probó que fuera un "pagaré de consumo" ni que exista relación de consumo entre las partes, ya que el propio ejecutado afirmó no recordar haber firmado pagaré ni haber recibido mercadería. La jurisprudencia y la normativa de orden público consumeril exige que se acredite la existencia de una relación de consumo para aplicar dichas reglas protectorias, lo cual en este caso no fue demostrado. Además, se señaló que el título no cumple con los requisitos del art. 36 LDC, por lo que resulta inhábil para su ejecución. Disidencia: El juez Depetris disintió, sosteniendo que la existencia de un "pagaré de consumo" podría admitirse si se demostrara la relación de consumo y los requisitos del art. 36 LDC, pero en el caso no se acreditó dicha relación. Por ello, la mayoría resolvió rechazar la ejecución y declarar la inhabilidad del título.
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