TEVEZ, GASTON EMANUEL -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL BINI, ANGEL NAHUEL Y OTROS s/ HOMICIDIO CALIFICADO AGRAVADO, HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE TENTATIVA, PORTACION ILEGAL DE ARMA DE FUEGO, ENCUBRIMIENTO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)
La Corte Suprema de Santa Fe concede parcialmente el recurso extraordinario presentado por la defensa de Gastón Emanuel Tévez, en relación a la impugnación por inconstitucionalidad de su condena, específicamente por la cuestión de la pena de prisión perpetua. La decisión se fundamenta en la actualización jurisprudencial sobre la materia.
- Quién demanda: Gastón Emanuel Tévez (a través de su defensa).
¿A quién se demanda?
La sentencia del Tribunal del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de Rosario.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La impugnación por vía federal de la sentencia que confirmó la condena, con énfasis en la legalidad de la pena de prisión perpetua y alegaciones de irregularidades procesales y valoración de prueba.
¿Qué se resolvió?
La Corte provincial rechazó la mayoría de los agravios por falta de fundamentación y vinculación con normas federales, pero concedió parcialmente el recurso en relación a la pena de prisión perpetua, en atención a la jurisprudencia posterior de la Corte Suprema de la Nación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Este Tribunal reparó en que el recurso de inconstitucionalidad incoado adolecía de autosuficiencia y fundamentación eficiente, y sus agravios se reducían a una mera discrepancia con lo decidido por los Sentenciantes. La valoración probatoria realizada por los jueces de grado, basada en detalles de contexto y reconocimiento de los agresores, fue considerada adecuada y suficiente para sostener la responsabilidad penal. Sin embargo, respecto al cuestionamiento sobre la perpetuidad de la pena impuesta, la Corte provincial reconoció que, tras los fallos 'Guerra' y 'Soto' de la Corte Suprema de la Nación, la cuestión ameritaba su revisión, por lo que decidió conceder parcialmente el recurso y remitir los autos para su elevación a la Corte Suprema de Justicia de la Nación." Votos en disidencia: No se reportan votos disidentes relevantes.
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