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ESCOBEDO, MAURICIO JAVIER -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL ESCOBEDO, MAURICIO JAVIER s/ HOMICIDIO CULPOSO AGRAVADO POR LA CONDUCCION DE UN VEHICULO CON MOTOR Y POR HABER SIDO MAS DE UNA LAS VICTIMAS FATALES - APELACION SENTENCIA- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe deniega el recurso extraordinario contra la sentencia que rechazó un planteo de inconstitucionalidad en un caso de homicidio culposo agravado; argumentando que la impugnación no cumple con los requisitos formales ni sustantivos para su admisión.


- Quién demanda: Mauricio Javier Escobedo

¿A quién se demanda?

Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe (en instancia local)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La concesión del recurso extraordinario por supuestos vicios constitucionales en la sentencia que confirmó la individualización de la pena de homicidio culposo agravado, solicitando la revisión de la decisión en la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema de Santa Fe negó la concesión del recurso extraordinario, considerando que la presentación no cumple con los requisitos de fundamentación y que los agravios expresados son insuficientes para habilitar la vía excepcional. La sentencia se fundamenta en que el recurso no refuta las motivaciones del tribunal de grado ni demuestra una relación directa entre las normas invocadas y la decisión adoptada, además de que la pretensión de modificar la pena basada en consideraciones temporales no fue acompañada de argumentos concretos. La Corte sostiene que la individualización de la pena es una tarea propia del tribunal y que la impugnación dirigida contra la misma resulta insuficiente para habilitar un recurso extraordinario.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El recurso extraordinario federal deducido contra el fallo de este Cuerpo no cumple con los recaudos establecido en el artículo 3, incisos "d" y "e" del reglamento aprobado por la acordada 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En tal sentido, la presentante no realiza una crítica prolija y razonada de la sentencia atacada, refutando todas y cada una de las motivaciones que le dieron sustento en relación con las cuestiones federales planteadas." "La fundamentación de la compareciente en su libelo evidencia un nuevo intento de imponer su propia interpretación de los hechos y el derecho aplicable esencialmente sobre la modalidad de pena que -a su criterio
- debería ser impuesta en el caso; pero no alcanza a esbozar ningún fundamento con aptitud para poner en crisis la argumentación brindada por este Tribunal al declarar inadmisible el recurso de inconstitucionalidad local." "En ese análisis, se advirtió que en el memorial recursivo, la Defensa nada había esbozado acerca de los argumentos expuestos por el Tribunal de grado para fijar la pena al justiciable, ni se hacía mínimamente cargo del razonamiento de la Alzada para entender que la misma resultaba adecuada y proporcional a la culpabilidad comprobada, no obstante reducir la sanción cuatro meses por considerar que un agravante no correspondía ser aplicado." "La individualización de la respuesta punitiva es una tarea propia de los jueces de la causa por vincularse con el análisis de los hechos y la interpretación de normas

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