SORIA, LILIANA DE LOS MILAGROS c/ ASOCIART ART S.A. s/ ACCIDENTES Y/O ENFERMEDADES DEL TRABAJO
La Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de Santa Fe confirmó la decisión de rechazar la aplicación del art. 730 del CCC a un acuerdo transaccional en un reclamo por accidentes y enfermedades del trabajo. La sentencia sostiene que la parte demandada incumplió la buena fe contractual y pactó que asumiría el pago de todas las costas, por lo que no puede pretender limitar su obligación posteriormente. La resolución reafirma que el acuerdo fue un convenio transaccional que no admite modificación por la vía de la facultad de oficio del tribunal en materia de costas, y que la conducta de la ART contraviene los principios de buena fe y lealtad contractual. La decisión mantiene la responsabilidad de la demandada de pagar la totalidad de las costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora Liliana de los Milagros Soria demanda a Asociart ART S.A. en un expediente por accidentes y/o enfermedades del trabajo, reclamando el cumplimiento de obligaciones derivadas de un acuerdo judicial.
- La demandada, en su defensa y en un acuerdo transaccional fechado el 9/08/2022, pactó asumir el pago de la totalidad de las costas del proceso, incluyendo honorarios, gastos y aportes, sin limitación alguna.
- La cuestión central fue si la ART podía posteriormente pretender aplicar el art. 730 del CCC para limitar su obligación de costas, en función de una liquidación conjunta y de acuerdo a un mecanismo legal que puede ser de oficio.
- La Cámara sostiene que el acuerdo transaccional fue un pacto expreso en el que la ART asumió el pago completo de costas, que no fue modificado ni condicionado posteriormente, y que la conducta de la ART fue contraria a la buena fe contractual y a los principios de lealtad.
- La sentencia analiza que la conducta de la ART, al pretender reducir sus obligaciones en costas mediante una petición posterior, viola la confianza y el acuerdo previo, además de implicar un abuso y mala fe.
- La Cámara rechaza el recurso de la ART, confirmando la resolución que dispuso que la demandada pague la totalidad de las costas y las tareas del recurso ante la Alzada, con costas a cargo de la parte vencida.
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