H., D. N. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL C., M. J.; H., D. N. s/ DESOBEDIENCIA JUDICIAL EN CONCURSO REAL CON LESIONES LEVES s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)
La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe denegó la concesión del recurso extraordinario de D. N. H. contra la sentencia que confirmó la denegatoria de la suspensión del procedimiento a prueba. La decisión se fundamenta en que el recurso no cumple con los requisitos formales y argumentales exigidos.
Actor: D. N. H. (representada por su defensa) Demandado: Tribunal superior de Santa Fe Objeto: La concesión del recurso extraordinario federal contra la sentencia que confirmó la denegatoria de la suspensión del procedimiento a prueba Decisión: La Corte denegó la concesión del recurso extraordinario
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La recurrente no efectúa una crítica prolija y razonada de la sentencia atacada, ni demuestra la vinculación directa e inmediata entre las normas invocadas y lo debatido en el caso, ni que la decisión sea contraria al derecho federal invocado. El recurso no cumple con los recaudos establecidos en los artículos 3 incisos "d" y "e" del reglamento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ya que se limita a expresar disconformidad sin argumentar con eficacia. La Corte concluyó que la queja presentada no trasciende el mero desacuerdo con la decisión, sin demostrar arbitrariedad o lesión de derechos constitucionales. La resolución anterior, que rechazó la suspensión del procedimiento a prueba, fue fundada en que los argumentos del tribunal de alzada eran suficientes y razonables en relación con el interés superior del menor, y que tales argumentos no eran rebatidos por la recurrente en términos constitucionales. La recurrente repite postulaciones ya resueltas en sede local, sin cuestionar las razones que sustentaron la decisión, limitándose a expresar desacuerdo. La Corte, en consecuencia, concluyó que el recurso no cumple con los requisitos formales y sustanciales para su admisión. La decisión se fundamenta en la falta de cumplimiento de los requisitos de admisibilidad del recurso extraordinario, y en la ausencia de argumentos que permitan superarlo.
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