ESCALANTE, GERMAN GABRIEL s/ CONCURSO PREVENTIVO
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe revocó la resolución que rechazaba la concurso preventivo solicitado por Germán Gabriel Escalante y ordenó la apertura del mismo, considerando que, a pesar de las dudas, el solicitante cumplía con los requisitos legales y no existían indicios de fraude o abuso.
¿Quién es el actor?
Germán Gabriel Escalante, en su propio concurso preventivo.
¿A quién se demanda?
La Justicia Civil y Comercial de Santa Fe, en el proceso de rechazo de la petición de concurso preventivo.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de nulidad de la resolución que rechazó su pedido y la declaración de apertura del concurso preventivo.
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Apelaciones hizo lugar al recurso de apelación y revocó la decisión de rechazo, ordenando que se pondere la situación patrimonial en una nueva instancia, considerando que el solicitante cumplía con los requisitos y que no existían indicios de fraude o ejercicio abusivo del derecho.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El análisis de la documentación acompañada, especialmente la relacionada con la situación económica y financiera del solicitante, revela que, si bien existieron dudas razonables respecto del cumplimiento del presupuesto objetivo de cesación de pagos, estas no alcanzan a configurar un fraude procesal ni un ejercicio abusivo del derecho, por lo que la interpretación debe favorecer la apertura del concurso. La circunstancia de que el solicitante cuenta con ingresos mensuales de aproximadamente $504.943 y deudas por $3.028.000, en un contexto de crisis inflacionaria, genera dudas razonables sobre su estado de cesación de pagos, pero no evidencia un ejercicio fraudulento. La jurisprudencia indica que en casos de legítima duda, la interpretación debe ser a favor de la apertura." "Por ello, la Cámara considera que lo procedente es ordenar que el juez de grado reevalúe la situación patrimonial del solicitante, solicitando los informes que considere pertinentes, y que la decisión final se base en una valoración equilibrada y fundada, sin presumir automáticamente la existencia de fraude o abuso."
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