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MONZON, FRANCISCO OSVALDO Y OTROS s/ ABIGEATO CALIFICADO

La Cámara de Apelación en lo Penal de Vera confirmó la responsabilidad de los imputados en el delito de abigeato agravado, rechazando los agravios defensivos y ratificando la condena de 5 años y 4 meses de prisión efectiva. La decisión se fundamenta en la prueba valorada en juicio y en la responsabilidad conjunta de los imputados.


- Quién demanda: La Defensa Técnica de los imputados Monzón, Mendoza y Sosa.

¿A quién se demanda?

La sentencia de primera instancia que los condenó por abigeato agravado.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La absolución o reducción de la pena, cuestionando la valoración probatoria, la participación, la consumación del delito y la proporcionalidad de la pena.

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Vera rechazó los agravios defensivos, confirmó la responsabilidad penal de los imputados, y mantuvo la condena de 5 años y 4 meses de prisión efectiva, considerando la participación en el delito de abigeato agravado, en particular la participación activa y consciente en las maniobras delictivas, la existencia de una planificación conjunta, y la valoración probatoria realizada en juicio. Se destacó que el delito se encuentra consumado con la sustracción y traslado de los animales, y que la responsabilidad de los imputados está acreditada en la prueba testimonial, documental y telefónica, en particular en las intervenciones y declaraciones de testigos como Mafre, Bossio, Felgeras, y en las constancias de las actuaciones. También se fundamentó la pena en las agravantes del caso, la gravedad del delito, la participación conjunta y la ausencia de causal de inimputabilidad o excusas absolutorias.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El Tribunal considera probado que los imputados participaron en la sustracción y traslado de los animales en un plan conjunto, con conocimiento y voluntad de cometer el delito de abigeato agravado, en virtud de las declaraciones de los testigos y las constancias del expediente. La carga de los animales en el establecimiento 'Alto Cielo', la utilización de guías falsas, y la participación activa en maniobras para garantizar el traslado a destino, configuran la responsabilidad penal en carácter de coautores. La responsabilidad no se limita a una participación pasiva ni a la mera colaboración, sino que evidencia la dirección y control del hecho delictivo por parte de los acusados, en concordancia con la doctrina y la jurisprudencia de esta Cámara. La pena impuesta, de cinco años y cuatro meses de prisión efectiva, resulta ajustada a las circunstancias del caso, la gravedad del hecho, la cantidad de animales sustraídos, la participación de un funcionario público, y la inexistencia de causales de inimputabilidad o excusas absolutorias." "Los agravios relativos a la valoración de las pruebas, la tentativa, y la proporcionalidad de la pena, han sido debidamente considerados y rechazados, en atención a la fundament

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