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A., G. M. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL A., G. M. s/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL AGRAVADO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)

La Corte Suprema de Santa Fe denegó el recurso extraordinario interpuesto contra la sentencia que confirmó la pena por abuso sexual con acceso carnal agravado. La decisión se fundamentó en que los agravios no lograron demostrar arbitrariedad ni vulneración de derechos constitucionales, manteniendo los argumentos de la instancia anterior.

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Actor: La defensa del imputado A., G. M. Demandado: La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe Objeto: La concesión del recurso extraordinario federal contra la decisión que confirmó la sentencia condenatoria por abuso sexual con acceso carnal agravado. Decisión: La Corte denegó la concesión del recurso extraordinario, confirmando que la impugnación no cumplía con los requisitos del artículo 3 incisos "d" y "e" del reglamento de la acordada 4/2007, y que los agravios reiterados estaban orientados a reabrir debates ya resueltos. La Corte sostuvo que los argumentos de la defensa no demostraron que la decisión impugnada fuera contraria a derechos constitucionales ni que hubiera existido arbitrariedad. La Corte también afirmó que los planteos se basaron en una discrepancia con la valoración de la prueba y en una pretensión de reducir la pena, aspectos ya abordados en instancias anteriores. Asimismo, se señaló que los argumentos relacionados con principios constitucionales y precedentes "Strada" y "Di Mascio" no lograban sustentar la irrazonabilidad de la decisión. En consecuencia, no se configuró el supuesto para la concesión del recurso extraordinario.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El remedio deducido contra el acuerdo de esta Corte registrado en A. y S. N° 36, Año 2025 (fs. 60/63) no cumple con los recaudos establecidos en el artículo 3 incisos 'd' y 'e' del reglamento aprobado por la acordada 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, toda vez que no refuta todos y cada uno de los motivos independientes que dan sustento al pronunciamiento apelado en relación con las cuestiones federales planteadas; y no demuestra que medie una relación directa e inmediata entre las normas invocadas y lo debatido y resuelto en el caso, y que la decisión impugnada sea contraria al derecho citado con fundamento en aquéllas." Además, se resaltó que la defensa solo intentaba reeditar debates ya resueltos y que no logró demostrar que la decisión fuera arbitraria o contraria a derechos constitucionales. La Corte concluyó que no existía fundamento suficiente para conceder el recurso extraordinario, reafirmando la validez de la decisión anterior y que los agravios no lograron demostrar vulneración constitucional alguna.

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