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A., A. V. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL A., A. V. s/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL-APELACION-SENTENCIA- s/ QUEJA POR DENEGACIÓN DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia denegó la concesión del recurso de inconstitucionalidad presentado contra la sentencia que confirmó la condena por abuso sexual con acceso carnal. La decisión se fundamentó en que los agravios no cumplían con los requisitos formales y sustanciales para su admisión.

Arbitrariedad Apelacion Requisitos formales Agravios Denegacion Sentencia confirmada Recurso de inconstitucionalidad Doble valoracion Pena. Control constitucional


- Quién demanda: La defensora del imputado en el expediente "A., A. V. S/ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL
- APELACIÓN".

¿A quién se demanda?

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La concesión del recurso extraordinario de inconstitucionalidad contra la sentencia del Tribunal de fecha 29 de octubre de 2024, que confirmó la condena penal.

¿Qué se resolvió?

La Corte denegó la concesión del recurso extraordinario, confirmando la decisión de no admitir la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte argumentó que la impugnante no cumplía con los requisitos formales y sustanciales establecidos en el reglamento y en la acordada 4/2007 del Tribunal Superior, ya que no realizó una crítica razonada y fundada del fallo atacado ni demostró la existencia de una vinculación directa e inmediata entre las normas invocadas y lo debatido en el caso. Se indicó que la recurrente insistió con cuestionamientos ya planteados en instancias anteriores, sin aportar argumentos eficaces que demostraran que la decisión del Tribunal desbordaba los límites de la arbitrariedad o la lesión a mandas constitucionales. La Corte destacó que los agravios respecto a la cuantificación de la pena y la supuesta violación del principio de doble valoración no superaban el disenso con la decisión judicial y que, en consecuencia, no constituían una cuestión federal que justificara la vía del recurso extraordinario. Además, la resolución en crisis abordó y respondió fundada y razonadamente los planteos defensivos, por lo que no se configuraba la hipótesis de arbitrariedad o lesión constitucional suficiente para habilitar el recurso.

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