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CAMPOS MARIA MERCEDES c/ MUNICIPALIDAD DE SAN CRISTOBAL s/ AMPARO SINDICAL

La Cámara de Apelaciones modificó la sentencia de primera instancia y revocó la nulidad del decreto Nro. 51/2024, ordenando la reinstalación de la actora y el cese de la práctica antisindical en el traslado, manteniendo la validez del decreto y la categorización previa.

Recurso de apelacion Nulidad administrativa Derechos sindicales Traslado laboral Amparo sindical Practica antisindical Reinstalacion laboral Decreto nro. 51/2024 Proteccion del trabajador sindicalizado Modificacion de condiciones laborales.


- Quién demanda: María Mercedes Campos (actora)

¿A quién se demanda?

Municipalidad de San Cristóbal

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Nulidad de traslados y decretos administrativos, reinstalación en su puesto y pago de diferencias salariales, argumentando práctica antisindical y vulneración de derechos sindicales.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la nulidad del decreto Nro. 51/2024 y ordenó la reinstalación de la actora, confirmando que no hubo práctica antisindical, y que la medida fue justificada en la potestad administrativa. Además, rechazó la nulidad del decreto Nro. 76/2024, ordenando su nulidad y la reposición a la condición anterior.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El decreto Nro. 51/2024 tiene un alcance subjetivo amplio puesto que afecta a un grupo importante de trabajadores, y pone de manifiesto motivos que se presentan prima facie verosímiles. Se trata de una medida generalizada, no enfocada particularmente en vulnerar los derechos de los trabajadores sujetos a tutela sindical. Al menos no se ha invocado ni probado que los trabajadores afectados, hubieran sido en su mayoría representantes sindicales." Además, "la potestad anulatoria de la Administración se halla necesariamente vinculada a la dilucidación de la regularidad del acto objeto de la misma...". Asimismo, respecto al decreto Nro. 76/2024: "No habiendo sido efectivizado el procedimiento indispensable a los fines de la modificación de las condiciones no esenciales de trabajo de la actora corresponde confirmar la sentencia de grado en la parte que declara la nulidad del decreto Nro. 76/2024." La Cámara ordena la reposición en su puesto y pago de diferencias salariales.

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