M., D. M. A. s/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL
La Cámara de Rosario revoca la condena de siete años por abuso sexual y absuelve al imputado, fundamentando que no se logró acreditar la certeza absoluta sobre los hechos y prevalece el principio del indubio pro reo, garantizando su libertad.
Actor: La parte acusadora en primera instancia, en representación del Estado, solicitó la condena del imputado por los delitos de abuso sexual con acceso carnal en dos hechos. Demandado: D. M. Á. M. Objeto: La condena a siete años de prisión y accesorias, por los hechos de abuso sexual con acceso carnal en dos oportunidades. Decisión: La Cámara revoca la sentencia condenatoria y absuelve al imputado por falta de prueba suficiente para desestimar dudas razonables, aplicando el principio del indubio pro reo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El relato de la víctima no basta por sí mismo para confirmar la hipótesis cargosa, toda vez que no se corrobora por otros indicios y pruebas independientes que destierren toda duda razonable respecto a que el hecho acaeció tal como se acusa. La valoración probatoria debe realizarse en una sana crítica racional, donde la duda razonable impide una condena segura. La ausencia de evidencia objetiva o externa que respalde el relato de la víctima, sumada a la inconsistencia en algunos puntos, genera un estado de duda que conduce a la absolución en virtud del principio del indubio pro reo." "Es fundamental que la valoración probatoria considere la vulnerabilidad social y emocional de la víctima, pero en este caso, la falta de prueba objetiva y la presencia de dudas razonables justifican la decisión absolutoria."
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