GOMEZ, MARIA EUGENIA c/ BALAGNA, CINTHYA - SENTENCIA COBRO DE PESOS-RUBROS LABORALES- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte de Santa Fe rechazó la queja por denegación de inconstitucionalidad contra una sentencia laboral que confirmó la despido verbal y la registración defectuosa, considerando que la impugnación no planteó adecuadamente la cuestión constitucional y que las decisiones judiciales no son arbitrarias ni violan garantías constitucionales.
- Quién demanda: Maria Eugenia Gómez (actora)
¿A quién se demanda?
Cámara de Apelación en lo Laboral de Santa Fe (resolución al recurso)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Que se declare la inconstitucionalidad de la sentencia que confirmó el rechazo de su recurso de apelación, por considerar que vulnera derechos constitucionales y garantías del trabajador.
¿Qué se resolvió?
La Corte provincial rechazó la queja y confirmó la constitucionalidad y razonabilidad de la fallo judicial, considerando que la impugnación no presentó un planteo constitucional adecuado y que las decisiones judiciales se sustentan en la valoración de la prueba y en la normativa laboral vigente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Respecto de la cuestión constitucional, la impugnante no demuestra que la decisión judicial haya colisionado con normas constitucionales o que exista una colisión entre una norma constitucional y otra de jerarquía inferior, lo que impide configurar la causal del inciso 1 del artículo 1 de la ley 7055. Además, el planteo de la recurrente se limita a expresar disenso interpretativo, sin fundamentar que la sentencia haya vulnerado derechos constitucionales específicos, por lo que la Corte concluye que no se ha configurado un planteo habilitante. La valoración de la prueba y la interpretación jurídica corresponden a los jueces de la causa, quienes eligieron la solución razonable y fundada en las constancias del expediente. La revisión en sede excepcional no autoriza sustituir esa valoración, por lo que no se advierte arbitrariedad ni violación a garantías constitucionales. La recurrente solo repite argumentos que ya fueron analizados y rechazados en las instancias previas, y no presenta una cuestión constitucional que amerite su tratamiento en sede de queja."
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