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KUNZ, ABELARDO MARCELO c/ REIDEL, JOSE CARLOS (HOY SUS HEREDEROS) s/ DAÑOS Y PERJUICIOS

La Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Santa Fe confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó el recurso de nulidad y la apelación interpuestos por la aseguradora en un proceso por daños y perjuicios, ratificando la validez y fundamentación de la resolución judicial.

Responsabilidad objetiva Dano moral Costas Responsabilidad civil Indemnizacion Tasas de interes Apelacion Nulidad Responsabilidad solidaria Dano corporal


- Quién demanda: Abelardo Marcelo Kunz (actor)

¿A quién se demanda?

José Carlos Reidel y Seguros Bernardino Rivadavia Cooperativa Limitada

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito, incluyendo incapacidad y daño moral

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar a la demanda, condenó a Reidel a pagar las sumas establecidas más intereses, extendió la responsabilidad a la aseguradora en función de la póliza, y confirmó las costas al demandado vencido

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia de primera instancia se fundamentó en que la responsabilidad por daño derivada de un siniestro entre rodados en movimiento se rige por la presunción del art. 1113 CC, que atribuye la responsabilidad objetiva al dueño o guardián del vehículo, salvo prueba en contrario que la rompa. La existencia del daño fue probada mediante pericia médica y documentación, y la cuantificación de la indemnización fue razonada, considerando la gravedad de las lesiones, la pérdida de capacidad y el daño moral, con una base valorativa en el valor de un automóvil. La motivación de la sentencia fue suficiente y adecuada, citando doctrina y jurisprudencia, y no se advierte arbitrariedad ni vicios en la fundamentación. La reducción de los montos indemnizatorios en función del porcentaje de responsabilidad del 25% de un tercero ajeno (conducta de Maicher) fue correcta, dado que el actor puede reclamar la totalidad del daño y posteriormente recobrar lo que corresponda del tercero. La imposición de costas en su totalidad al demandado vencido es conforme a derecho, dado que el fallo fue favorable a la parte actora. La alegada contradicción en responsabilidad y costas fue desestimada, pues la responsabilidad solidaria y la distribución de costos están correctamente motivadas. La apelación por nulidad fue rechazada, ya que los agravios no demostraron vicios o defectos en la fundamentación, y las críticas genéricas a los rubros indemnizatorios y tasas de interés no alcanzan a cuestionar la fundamentación judicial.

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