SANCHEZ, ROBERTO ELIAS -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL SANCHEZ, ROBERTO ELIAS s/ HOMICIDIO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO EN CONCURSO REAL CON PORTACION ILEGITIMA DE ARMA DE FUEGO DE GUERRA EN CALIDAD DE AUTOR- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)
La Corte Suprema de Santa Fe deniega el recurso extraordinario en un caso de recurso de inconstitucionalidad por denegación de revisión judicial, considerando que la impugnante no cumplió con los requisitos formales y que sus agravios ya fueron abordados en instancias previas.
- Quién demanda: La defensa del imputado Roberto Elias Sánchez.
¿A quién se demanda?
La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La concesión del recurso extraordinario federal contra una sentencia que confirmó la responsabilidad penal y la pena impuesta, alegando supuestos vicios constitucionales en la valoración de la prueba y en la decisión judicial.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema de Santa Fe denegó la concesión del recurso extraordinario, argumentando que la impugnante no presentó una crítica razonada y prolija de la sentencia, ni demostró la relación directa entre las normas invocadas y la caso, además de reiterar que los agravios ya habían sido analizados y rechazados en instancias previas. La Corte también consideró que la impugnante no cumplía con los requisitos formales establecidos en la ley 48 y en la acordada 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El recurso extraordinario federal de la presentante no cumple con los recaudos establecidos en el artículo 3, incisos 'd' y 'e' del reglamento aprobado por la acordada 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Ello así, en tanto la interesada no realiza una crítica prolija y razonada de la sentencia atacada, refutando todas y cada una de las motivaciones que le dieron sustento en relación con las cuestiones federales planteadas." "Asimismo, la recurrente sólo evidencia un nuevo intento de imponer su propia postura sustentada en genéricas y reiterativas críticas sobre cuestiones que ya fueron debidamente analizadas y rechazadas con anterioridad; por lo que no logra persuadir sobre la existencia de un vicio propio del pronunciamiento de este Cuerpo ni demostrar siquiera 'prima facie' la configuración de algún supuesto hábil para franquear esta instancia extraordinaria." "Por ello, resultando innecesario formular mayores consideraciones de conformidad con lo ordenado en el artículo 11 del reglamento citado y no advirtiéndose la configuración de ningún supuesto que permita superar la aplicación de lo dispuesto en dicha acordada, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia RESUELVE: Denegar la concesión del recurso extraordinario interpuesto para ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación."
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