FAST CRED S.A. c/ BARRETO, GERONIMO s/ RECURSO DIRECTO
La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de Santa Fe hizo lugar al recurso de queja interpuesto por la abogada Silvana Alassia, permitiendo la interposición del recurso de apelación contra el decreto que requería la adecuación de la liquidación según el artículo 730 del CCC. La decisión garantiza el derecho a la revisión del acto administrativo cuestionado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Dra. Silvana Alassia, apoderada de FAST CRED S.A., interpuso recurso de revocatoria con apelación en subsidio contra un decreto del 22/04/2025, que le solicitaba adecuar su liquidación conforme al artículo 730 del CCC. La Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de Santa Fe resolvió hacer lugar a la queja y habilitar la apelación, considerando que la normativa arancelaria y la jurisprudencia vigente respaldan la admisibilidad del recurso, aun cuando el agravio no superara el monto mínimo establecido en el art. 348 del CPCC. La Cámara destacó la importancia de proteger el derecho a la propiedad y el carácter alimentario de los honorarios profesionales, reafirmando que la interpretación del artículo 730 del CCC en relación con la responsabilidad en costas impacta en los derechos económicos del profesional. La resolución enfatiza que la ley 14.264 no modifica la interpretación previa y que en materia de honorarios debe prevalecer un criterio amplio que garantice condiciones dignas para los profesionales. Además, se rechazaron argumentos del juez de primera instancia relacionados con la aplicabilidad de otras normativas y precedentes, confirmando que el recurso de queja es procedente y que debe habilitarse el recurso de apelación.
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