ANTONIO MAURO ANDRES s/ HOMICIDIO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO, TENTATIVA DE HOMICIDIO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO, PORTACION ILEGITIMA DE ARMA DE FUEGO DE GUERRA Y ENCUBRIMIENTO
La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario confirmó la sentencia condenatoria contra Mauro Andrés Antonio por homicidio agravado, tentativa, portación ilegal de armas y encubrimiento, ratificando la valoración probatoria y la fundamentación del tribunal de primera instancia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara de Apelaciones de Rosario analizó el recurso de la defensa de Mauro Andrés Antonio, quien fue condenado a 26 años de prisión por homicidio agravado por uso de arma de fuego, tentativa de homicidio, portación de arma sin autorización y encubrimiento. La sentencia de primera instancia, dictada por un tribunal de juicio, se fundamentó en la prueba testimonial, balística y documental, incluyendo testigos de identidad reservada, testimonios presenciales, informes periciales y registros fílmicos. La defensa alegó arbitrariedad, vulneración de garantías constitucionales, contradicciones en los testimonios y cuestionó la validez del testimonio de identidad reservada y la prueba de portación de armas, además de la supuesta inexistencia de prueba concluyente sobre la autoría del hecho. La Cámara sostuvo que la valoración de la prueba fue adecuada y que la decisión del tribunal de primera instancia se ajustó a la normativa jurídica vigente, destacando que las contradicciones invocadas por la defensa no alteraron la certeza alcanzada sobre la responsabilidad del acusado. Reiteró que la prueba testimonial, balística, documental y las conductas del imputado (fuga, destrucción del celular, portación de armas) configuran un cuadro probatorio sólido y suficiente para confirmar la condena. Además, afirmó que el uso de testigos de identidad reservada fue realizado en cumplimiento de la normativa y que la defensa tuvo oportunidad de controvertir la prueba, sin que exista vulneración constitucional alguna. La unanimidad de los jueces confirmó la sentencia en todos sus términos, con costas a la parte apelante.
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