OROZCO JUAN ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia y confirma aspectos relacionados con la actualización de las prestaciones previsionales, rechazando los agravios respecto a la constitucionalidad de las leyes y la aplicación del índice de movilidad.
- La parte actora demanda la modificación y actualización de su beneficio previsional, cuestionando la aplicación retroactiva de la ley 27.426 y la inconstitucionalidad de ciertos artículos y resoluciones administrativas.
- La Cámara analiza la constitucionalidad de las leyes, la retroactividad y los índices de movilidad, concluyendo que la ley 27.426, en su art. 2, fue aplicada en forma retroactiva, pero no viola derechos constitucionales, ya que el derecho de propiedad del beneficiario no se ve afectado.
- La sentencia rechaza los agravios respecto a la inconstitucionalidad de la ley 27.426, la aplicación del índice combinado y la retroactividad, considerando que las modificaciones legislativas y las resoluciones administrativas se ajustan a la normativa constitucional y convencional, y que el derecho del actor a la movilidad se devenga en los momentos previstos por la ley, no antes.
- Se declara la inadmisibilidad de la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 y de la resolución 56/2018, en línea con los precedentes de la Corte Suprema y la jurisprudencia constitucional.
- La Cámara también resuelve que la liquidación debe considerarse en base a un aumento del 14%, reconocido en documentos oficiales, y que las diferencias por actualización serán abonadas por la demandada.
- Las costas del recurso serán por su orden en la alzada, ante la falta de contradicción, en línea con la normativa procesal.
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