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HEGI, AMELIA NELLY c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de La Plata confirmó la sentencia que declaró la inconstitucionalidad del artículo 2 de la Ley 27.426 y la aplicabilidad de la movilidad jubilatoria según la ley 26.417 para los haberes anteriores a diciembre de 2017, manteniendo el rechazo de los agravios de la ANSeS.

Recurso de apelacion Movilidad jubilatoria Inconstitucionalidad Ley 27.426 Ley 26.417 Retroactividad Beneficios previsionales Jurisprudencia corte suprema Principios constitucionales Seguridad juridica.


- Quien demanda: Amelia Nelly Heigi
- A quién se demanda: ANSES
- Qué se reclama: Reajuste de haberes jubilatorios, declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426 y de varios decretos del PEN, aplicación del índice de movilidad de la ley 26.417 para haberes anteriores a diciembre de 2017, y otros agravios relacionados con la actualización de beneficios.
- Qué se resolvió: La Cámara rechazó los agravios respecto a la constitucionalidad de la ley 27.426 y de los decretos, confirmando la aplicación retroactiva de la ley 26.417 para los haberes previos a diciembre de 2017, y dejó para la etapa de ejecución la declaración de inconstitucionalidad de los topes y otros agravios. La decisión se fundamentó en que la ley 27.426 no puede establecer índices con efectos retroactivos que comprenden períodos en los que regía la ley 26.417, vulnerando la garantía constitucional de movilidad. La doctrina del fallo “Quiroga” de la Corte Suprema sirvió como guía para la aplicación del precedente a los beneficios adquiridos con anterioridad a la ley 27.426.
- Fundamentos principales: La sentencia explicó que la ley 27.426 modificó la fórmula de movilidad y que, por su carácter retroactivo, afecta derechos adquiridos y el principio de legalidad. La jurisprudencia de la Corte Suprema y la doctrina de Roubier sostienen que la ley nueva no puede modificar efectos jurídicos producidos bajo la ley anterior sin violar el principio de irretroactividad. Se resaltó que la protección constitucional de la movilidad y la seguridad jurídica impiden que la ley 27.426 tenga efectos sobre períodos en los que aún regía la normativa anterior, por lo que la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 se confirma y se ordena aplicar la fórmula de la ley 26.417 para los haberes previos a diciembre de 2017.

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