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CHAVARRIA CONSTANZA c/ ENGRAMA S.A. s/DESPIDO

La Cámara de Apelaciones confirma en parte la sentencia de primera instancia y modifica la tasa de interés aplicable a la condena, ajustándola por IPC y una tasa del 3% anual, en atención a la naturaleza alimentaria de los créditos laborales y la inconstitucionalidad del art. 7° de la Ley 23.928.

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¿Qué se resolvió en el fallo?


- La parte actora demanda el cobro de comisiones impagas durante los primeros quince días de relación laboral, horas extras y una indemnización por interés en créditos laborales.
- La demandada argumenta que las planillas de ventas no fueron confeccionadas por la actora y que se abonaron las comisiones correspondientes, además de cuestionar el método de actualización de intereses.
- La Cámara rechaza el agravio respecto a las comisiones por falta de prueba y por la valoración del perito, y considera que la demanda por horas extras no cumple con los requisitos del art. 65 de la Ley de Contrato de Trabajo.
- Respecto a la indemnización por intereses, la Cámara declara la inconstitucionalidad del art. 7° de la Ley 23.928, por afectar la garantía constitucional de propiedad y la retribución justa, y decide aplicar una tasa del IPC más un interés del 3% anual desde la fecha de exigibilidad.
- La Cámara confirma la imposición de costas en primera instancia y regula las costas de alzada en un 70% a cargo de la demandada y un 30% a cargo de la actora, además de regular honorarios en consecuencia.
- La sentencia se firma el 22/08/2025, adhiriendo al voto del Dr. Carlos Pose.

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