CAMAHORT, CAROLINA ANDREA c/ LAN ARGENTINA S.A. Y OTRO s/DESPIDO
La Cámara de Apelaciones en lo Laboral confirmó la nulidad de un acuerdo de desvinculación por simulación y ordenó el pago de indemnizaciones por despido incausado, considerando la existencia de un despido arbitrario encubierto y la responsabilidad solidaria del grupo LATAM.
- Quién demanda: Carolina Andrea Camahort (actora)
¿A quién se demanda?
LAN Argentina S.A. y Latam Airlines Group S.A. (demandadas)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por despido injustificado, liquidación final, certificaciones de aportes y servicios, diferencias salariales, intereses, y agravamiento indemnizatorio por aplicación del DNU 34/2019.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de grado y declaró la nulidad del acuerdo de desvinculación, reconociendo que fue un despido arbitrario encubierto, por lo que ordenó el pago de indemnizaciones, incluyendo las diferencias del despido, integración de mes de despido, indemnización sustitutiva por preaviso, art. 25.323 y 1 ley 25.323, vacaciones proporcionales, SAC, indemnización art. 80 LCT, y el incremento por DNU 34/2019, totalizando $10.479.853,73. También condenó a las demandadas a pagar costas y honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Se encuentra demostrado que la voluntad de la trabajadora se vio condicionada y afectada por la situación fáctica descripta por los testigos que declararon en autos y que, por tanto, no obró con verdadera intención y libertad al suscribir el acuerdo rescisorio en cuestión, de modo que, acreditada la presencia de vicios en la voluntad del trabajador al momento de la celebración del acto, ello impide tener por válido el acuerdo y conduce a declarar su nulidad." "Se ha concluido que el acuerdo celebrado entre las partes no fue más que un acto simulado, que bajo la apariencia de un convenio suscripto de común acuerdo encubrió en realidad la existencia de un despido incausado dispuesto unilateralmente por la empleadora." "El despido fue considerado arbitrario y sin causa, con lo cual la trabajadora tiene derecho a percibir las reparaciones indemnizatorias..." "Asimismo, la prueba demuestra que la extinción del vínculo fue una decisión exclusiva de la empleadora, sin negociación previa y en contexto de cierre de la empresa, lo cual evidencia la ausencia de acuerdo genuino." "Por ello, corresponde hacer lugar a la responsabilidad solidaria del grupo LATAM, dado que las empresas conformaban un conjunto económico y actuaron en forma fraudulenta para burlar derechos laborales."
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