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MAZZEO, VIVIANA ELSA c/ OSDE Y OTRO s/AMPARO LEY 16.986

La Cámara Federal de San Martín confirmó la sentencia que ordenó la continuidad de la afiliación de Viviana Elsa Mazzeo a OSDE y OSCOMM en iguales condiciones previas a su jubilación, rechazando los agravios de las codemandadas y ratificando la ilegalidad de la baja unilateral y automática de la actora.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Viviana Elsa Mazzeo, demanda contra OSDE y OSCOMM solicitando la reafiliación en las mismas condiciones que tenía antes de su jubilación. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la acción, ordenando mantener la afiliación y la continuidad de prestaciones médicas, considerando que la baja unilateral resultaba arbitraria y vulneraba derechos constitucionales y del derecho a la salud. Las demandadas cuestionaron la sentencia por vulnerar normativas de libre elección y por supuestos excesos jurisdiccionales, además de alegar que la actora no cumplió con los requisitos para mantener su afiliación. La Cámara confirmó la decisión, destacando que la protección del derecho a la salud y la permanencia en la obra social son derechos irrenunciables y que las leyes 19.032, 23.660 y 23.661 garantizan la continuidad del beneficiario, sin que ello implique una renuncia tácita por parte del jubilado. Se concluyó que la negativa de las demandadas y la baja automática sin voluntad expresa de la actora resultan ilegítimas y arbitrarias, por lo que se ratificó la sentencia de grado.

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