MIÑO, RUBEN ALBERTO EN REP. DE SU HIJO c/ OSDOP s/AMPARO LEY 16.986
La Cámara Federal de Paraná revoca parcialmente la sentencia de primera instancia, limitando la condena a la prestación de apoyo escolar y transporte solo por el período de marzo a diciembre de 2025, y confirma la condena en costas y regulación de honorarios.
- La parte actora, representada por Rubén Alberto Miño, promovió amparo contra OSDOP solicitando cobertura gratuita e integral para su hijo con síndrome de Down, incluyendo maestra de apoyo y transporte.
- La sentencia de primera instancia hizo lugar a la acción y ordenó a la obra social proveer dichas prestaciones sin límite temporal y en forma integral.
- La Cámara consideró que la acción de amparo procede frente a la negativa de la obra social, que fue fundamentada en informes médicos y normativos, y que su conducta fue arbitraria por la omisión de respuesta efectiva y oportuna.
- La Cámara revoca parcialmente la sentencia, limitando la cobertura a los períodos específicos solicitados en la demanda y fundamentando que la normativa vigente y la jurisprudencia no soportan prestaciones futuras o indefinidas en un proceso de amparo.
- Se confirman las costas en contra de la parte demandada por su vencimiento en lo sustancial, y se regulan honorarios en valores ajustados a la ley.
- La Cámara destaca que la negativa de la obra social fue arbitraria y que la prestación de maestra de apoyo en escolaridad especial no corresponde a la cobertura educativa prevista por la normativa vigente y la jurisprudencia.
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