RIVOLDI, ANALIA NOEMI EN LA REPRESENTACION INVOCADA c/ IOSFA s/AMPARO LEY 16.986
La Cámara Federal de Paraná confirmó la sentencia que ordenó a IOSFA brindar cobertura integral de cuidador domiciliario a un menor, señalando que la negativa de la obra social fue arbitraria y que la prescripción médica justifica la prestación.
- La actora, en nombre de su hijo, promovió acción de amparo contra IOSFA para que brinde cobertura urgente de cuidador domiciliario, acompañando prescripción médica y rechazo por parte de la obra social.
- La demandada negó la situación y sostuvo que no existía justificación suficiente, alegando que el menor no posee Certificado Único de Discapacidad (CUD) y que la figura de cuidador no está en el PMO como prestación obligatoria universal.
- El tribunal de primera instancia hizo lugar a la acción y ordenó a IOSFA brindar la cobertura, considerando que la prescripción médica y la situación del menor justifican la prestación.
- La Cámara confirmó dicha decisión, señalando que la negativa de la obra social fue arbitraria, pues no evaluó adecuadamente la necesidad del menor y la prescripción médica, que acredita la urgencia y la legitimidad del reclamo.
- La Cámara recordó que el derecho a la salud es un derecho constitucional, y que la acción de amparo procede frente a actos u omisiones que lesionen derechos constitucionales.
- Además, se concluyó que la negativa de IOSFA carece de respaldo normativo y que la situación del menor, con diagnóstico de TGD y retraso neuromadurativo, amerita la cobertura solicitada.
- Se rechazó el recurso de apelación y se confirmó la sentencia, imponiendo las costas a la parte vencida y sin regulación de honorarios a las letradas de la demandada por aplicación de la ley 27.423.
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