DIACO, DANIEL JORGE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de Bahía Blanca modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, rechazó el pedido de redeterminación del haber inicial por aportes en relación de dependencia, ordenó la redeterminación por aportes autónomos, declaró la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 para 2022-2023 y dispuso la actualización del haber en los términos del fallo, además de rechazar recursos relacionados con la movilidad y los topes máximos.
El actor demandó la revisión de su beneficio previsional, reclamando la redeterminación del haber inicial en relación con aportes en relación de dependencia y autónomos, y cuestionando la movilidad de su jubilación. La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda, rechazó la excepción de prescripción, y dispuso la redeterminación del haber según fallos “Volonté” y “Rodriguez”, además de aplicar la movilidad según el fallo “Martínez”. La Cámara confirmó en parte, rechazando el pedido de redeterminación por aportes en relación de dependencia, pero ordenándola por aportes autónomos, y declaró la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 para los años 2022 y 2023, ordenando que la administración actualice el haber en esos períodos con base en el IPC, considerando también la declaración de inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018. La decisión se fundamenta en la insuficiencia de la fórmula de movilidad prevista en las leyes cuestionadas, la gravedad de la inflación en 2022-2023, y la necesidad de garantizar la protección de los derechos previsionales conforme a la Constitución y tratados internacionales, por lo que se opta por una actualización basada en el IPC, que refleja la pérdida del poder adquisitivo. La Cámara también afirmó que las variables legislativas son razonables y que la facultad de fijar la movilidad corresponde al Congreso, no a los jueces, en línea con la doctrina constitucional y la jurisprudencia consolidada.
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