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GOMEZ, HECTOR WALTER c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de Bahía Blanca modificó la sentencia y declaró la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 para los años 2022 y 2023, ordenando la actualización del haber previsional conforme al IPC, respetando la garantía de movilidad previsional y rechazando la redeterminación del haber inicial por aportes en relación de dependencia.

Apelacion previsional Movilidad jubilatoria Ley 27.609 Inconstitucionalidad Actualizacion ipc Seguridad social Danos Presupuestos constitucionales Jurisprudencia Proteccion de derechos sociales.


- Quien demanda: Héctor Walter Gómez
- A quién se demanda: Anses (Administración Nacional de la Seguridad Social)
- Qué se reclama: Reajuste del haber previsional, actualización del haber en función del IPC, y declaración de inconstitucionalidad de determinados artículos de la ley 27.609 y del DNU 157/2018.
- Qué se resolvió: La Cámara modificó la sentencia de grado, declaró la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 para los años 2022 y 2023, ordenando que la actualización del haber previsional se realice en función del IPC, y que la redeterminación del haber inicial por aportes en relación de dependencia no procede. También rechazó los planteos respecto a las leyes 27.426 y 27.541, y dispuso costas a la demandada vencida.
- Fundamentos principales: La Sala consideró que la legislación aplicable en función del momento de adquisición del beneficio no hacía lugar a los agravios sobre las leyes 27.426 y 27.541. Respecto a la ley 27.609, se analizó su constitucionalidad, destacando que la fórmula legislativa resulta razonable y dentro de los límites constitucionales, aunque su aplicación en contextos de alta inflación requiere que la actualización tenga en cuenta la variación de los precios (IPC). La declaración de inconstitucionalidad se fundamentó en la ineficacia de la fórmula en 2022 y 2023, y en la evidencia de que el Estado reconoció esa insuficiencia mediante bonos y ayudas, configurando una afectación de la garantía de movilidad. Se ordenó, en consecuencia, la actualización del haber en función del IPC, en los períodos establecidos, y se declaró la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 para esos años. La Sala también resaltó que la función de determinar la fórmula de movilidad corresponde al Congreso, y que la jurisprudencia ha sostenido que la ley cumple la función de garantizar un mecanismo razonable, que en este caso fue vulnerado por el contexto inflacionario.

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