Recurso Queja Nº 2 - NN: DIAZ , PAOLA CARINA s/INFRACCION LEY 23.737 (ART.29), DEFRAUDACION CONTRA LA ADMINISTRACION PUBLICA y USO DE DOCUMENTO ADULTERADO O FALSO (ART.296) DENUNCIANTE: IDENTIDAD RESERVADA Y OTRO
La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible la queja por parte de la defensa oficial en el caso de Paola Carina Díaz, confirmando la decisión de no habilitar la instancia de revisión del recurso. La mayoría consideró que la decisión impugnada no constituye una sentencia definitiva ni autos en los términos del art. 457 del CPPN, y que no se demostraron agravios de imposible reparación ni cuestiones federales que habiliten la vía recursiva.
La defensa oficial de Paola Carina Díaz interpuso una queja contra la resolución de la Sala I de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín, que revocó una resolución del Juzgado Federal nro. 2 de San Martín que homologó un acuerdo de reparación integral del daño y ordenó hacer efectivo el pago. La Cámara de Casación, por mayoría, declaró inadmisible la queja, señalando que la resolución impugnada no es una sentencia definitiva ni autos en los términos del art. 457 del CPPN, y que la parte recurrente no logró demostrar un agravio de imposible reparación ni una cuestión federal que permita habilitar la vía. La decisión fue firmada por los jueces Gemignani y Borinsky, y el secretario Iannariello.
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