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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: CAMACHO SOLIZ, CLAUDIA MICAELA Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737

La Sala de Casación confirmó la validez del fallo y rechazó los agravios, salvo en algunas cuestiones específicas que fueron parcialmente admitidas y reenviadas; además, ratificó la fundamentación sólida y la correcta valoración de las pruebas, manteniendo las condenas y la legalidad de las penas y decomisos.

Responsabilidad penal Causa penal Nulidades Valoracion probatoria Prueba digital Cadena de custodia Ley 23.737 Decomiso Pena Agravio Casacion.


- Quién demanda: las defensas de los imputados y el MPF (en los aspectos de nulidades y agravios).
- A quién se demanda: la sentencia del tribunal de origen, en particular sobre las nulidades, valoración de pruebas, calificación jurídica, penas, decomisos y aspectos constitucionales.
- Qué se reclama: la nulidad del fallo, la revisión de las condenas, la exclusión de evidencias, la inconstitucionalidad de ciertas penas y decomisos, y una revisión en la cuantificación de penas y medidas.
- Qué se resolvió: La Cámara rechazó la mayoría de los agravios, confirmó la validez y suficiencia de las pruebas, la legalidad de las condenas y de los decomisos, y la constitucionalidad de las penas, salvo en algunos puntos específicos donde se aceptó parcialmente la nulidad de ciertos decomisos y la omisión en el tratamiento de pedidos de prisión domiciliaria. Se ordenó el reenvío al tribunal de origen para dictar nuevos pronunciamientos en esos aspectos.
- Fundamentos principales:
- La valoración probatoria fue adecuada y conforme a la sana crítica, sin vicios ni arbitrariedades.
- La prueba digital, incluida la cadena de custodia y los informes periciales, fue considerada válida y correcta, rechazando las nulidades por irregularidades en la preservación de evidencias digitales.
- La calificación jurídica de los hechos, incluyendo la figura de organización y la participación, fue considerada correcta, y la variación introducida no afectó el derecho de defensa ni la congruencia.
- La condena y la cuantificación de las penas, multas y decomisos fueron ajustadas a la ley, con justificación suficiente, y en algunos casos se aceptó la nulidad de ciertos decomisos por defectos en su fundamentación.
- La constitucionalidad del art. 12 del CP fue ratificada, y en general, la sentencia fue considerada fundada y ajustada a derecho.
- Los agravios relacionados con la perspectiva de género y las condiciones de detención fueron considerados y en algunos casos aceptados parcialmente, ordenando nuevos pronunciamientos.
- En los casos de nulidades, se rechazaron por insuficiencia y por no acreditar perjuicio efectivo, en línea con la jurisprudencia de la CSJN.

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